“En Canarias tienen que existir bonificaciones”, asegura

Rivero considera “negativo para las Islas” que el Tribunal de la UE no permita la subvención a las tasas portuarias

El presidente del Gobierno de Canarias, Paulino Rivero, considera “negativo para las Islas” que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) haya prohibido a España bonificar las tasas portuarias. Rivero responsabilizó al Gobierno central de esta decisión, al considerar que “el expediente está insuficientemente justificado por parte de España”.

ACN
[Viernes, 5 de febrero de 2010] [07.00]

El TUE sentenció que España incumple la normativa comunitaria sobre la libre prestación de servicios al transporte marítimo por aplicar bonificaciones y exenciones en el pago de las tasas portuarias a los buques que navegan con origen o destino a Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.

Esta decisión del TUE afecta directamente a las Islas, ya que éstas dependen del tráfico portuario para el comercio.

Rivero consideró que la responsabilidad de esta decisión es del Gobierno de España, ya que el expediente que presentó ante el TUE “está insuficientemente justificado”.

El presidente autonómico aseguró no tener “ninguna duda” de que en Canarias tengan que existir “necesariamente bonificaciones en las tasas portuarias y aeroportuarias”. De éstas dependen que las Islas puedan ser “competitivas y mejorar nuestra conectividad”.

Además, aclaró que la UE se ha mostrado especialmente sensible ante las Islas en ese tipo de cuestiones. “Estas cosas, en Bruselas, se entienden”, planteó un Rivero convencido de la necesidad de estas bonificaciones.

De todas formas, el presidente afirmó que espera “que esto se corrija”. “No tiene sentido que en Canarias tengamos reconocida la obligación de servicio público, lo que permite que subvencionemos el transporte y no podamos subvencionar las tasas”, añadió.

Sentencia

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) sentenció que España incumple la normativa comunitaria sobre la libre prestación de servicios al transporte marítimo por aplicar bonificaciones y exenciones en el pago de las tasas portuarias a los buques que navegan con origen o destino a Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.

El TUE estima que este hecho crea desigualdad en relación con los desplazamientos de los barcos que circulan entre Estados miembros y entre éstos y países terceros.

Así, la sentencia surge motivada porque la legislación española prevé una serie de ventajas relativas a las tasas portuarias. Se aplican tarifas más favorables al tráfico marítimo entre archipiélagos españoles o con Ceuta y Melilla, así como en las travesías entre éstos puertos y los de la Unión Europea (UE) y, también, cuando los navíos se mueven entre los puertos de la UE.

La Comisión Europea opina que esta legislación es discriminatoria y por ello denunció a España ante el TUE, el cual ha dado ahora la razón a la Comisión. España se defendió entonces invocando a la situación geográfica particular de los puertos en cuestión, ya que todos se encuentran lejos del continente europeo y algunos en islas.

A pesar de esas razones, la Comisión insistió en su queja hasta el punto de que llevó a España ante el TUE en 2008, al estar convencida de que la cohesión territorial en la que este país se amparaba no probaba el carácter necesario y proporcionado de las medidas de bonificación, en especial si se tenían en cuenta las compensaciones que ya se otorgaban a favor de esas zonas para cumplir las obligaciones de servicio público.

Sin embargo, este jueves se conoció que el Tribunal considera que España no formula en su defensa ningún argumento jurídico que desvirtúe los motivos de la Comisión , sino que se limita a señalar la existencia de un proyecto de ley, que está en proceso de elaboración y que debería aprobarse a principios del año 2010, por el cual se derogarán las disposiciones controvertidas de la normativa nacional y se garantizará la conformidad de ésta con la legislación comunitaria.

Esas rebajas y exenciones en los costes de los derechos portuarios no se efectúa si un barco que sale de Ceuta, por ejemplo, carga o descarga en un puerto de Tánger. Precisamente, este pleito surgió cuando una compañía marítima que opera entre estos dos destinos se quejó por no beneficiarse de la ventaja económica.

También crea desigualdad, según la Comisión , que los derechos portuarios recaudados en países terceros sean superiores a los que se consiguen en los puertos comunitarios.

 

 

 

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