
El consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, presentó este miércoles en Gran Canaria, junto a la consejera de Turismo, Rita Martín, el anteproyecto de Ley de Medidas Urgentes en materia de Ordenación Territorial para la Dinamización Sectorial y la Ordenación del Turismo, que llevará al próximo Consejo de Gobierno para su aprobación previa y posterior remisión al Parlamento de Canarias.
Esta nueva Ley definirá el marco cuantitativo y cualitativo de la carga turística del Archipiélago para los próximos tres años, con el objetivo de facilitar los procesos de adaptación del planeamiento, liberalizando con criterios simplificadores aquellas actividades de menor trascendencia territorial, con especial incentivación al desarrollo rural, a la producción de energías limpias endógenas y al equilibrio sectorial, especialmente a través de la promoción industrial.
Asimismo, pretende la consecución de la renovación y mejora de las infraestructuras y establecimientos turísticos obsoletos, mediante la acción concertada entre el sector y la administración.
Domingo Berriel recordó durante su intervención que el Gobierno de Canarias es partidario de impulsar en Canarias un modelo de desarrollo económico y territorial más sostenible, facilitando todos los medios que estén a su disposición para primar la renovación y competitividad de la planta alojativa sobre el consumo de suelo, y apoyando a los cabildos insulares y los ayuntamientos del Archipiélago para que adapten su planeamiento a esta norma.
“Estamos sumergidos en un proceso de cambio no sólo de la Ley, apuntó el consejero, sino también de mentalidad, y la experiencia nos indica lo que hay que ir ajustando para que funcione correctamente este potente instrumento que es la Ley de Directrices, que incluso han copiado, y que se está intentando trasladar a otras comunidades autónomas”, señaló.
Por su parte, Rita Martín remarcó que “se hace necesario abordar el marco en el que el Turismo deba desarrollarse en los próximos años, garantizando la sostenibilidad de su ocupación territorial, y la fortaleza de su competitividad, basada principalmente tanto en la calidad de la oferta alojativa y de ocio, como en el mantenimiento de las potencialidades de de los recursos naturales de las Islas y de su biodiversidad. En este ámbito, la renovación será un pilar básico en las políticas a desarrollar por esta Consejería”.
Dentro de los aspectos referidos a la Ordenación del Territorio, la nueva Ley de Medidas Urgentes incide en la simplificación y racionalización de las actuaciones administrativas en materia territorial y urbanística. “Esta medida, explicó Berriel, permitirá una mayor eficacia de la administración y protección de los derechos ciudadanos, eliminando exigencias innecesarias relacionadas con las calificaciones territoriales y los Proyectos de Actuación Territorial y regulando los efectos del silencio administrativo”.
Asimismo, afronta la ordenación del uso del suelo rústico, con el objetivo de la promoción de la actividad agropecuaria, y el dinamismo del medio rural, así como la diversidad económica a través del fomento de la implantación industrial, de los servicios equipamientos y dotaciones públicas y la diversificación energética renovable, así como la necesidad social de regularización de las múltiples explotaciones ganaderas, que vienen operando con anterioridad a las nuevas exigencias legislativas “y cuya normalización se hace preciso afrontar”, puntualizó.
El último capítulo de este apartado está destinado a corregir los preceptos del marco legislativo actual, que impiden o dificultan la adaptación y desarrollo del planeamiento urbanístico y territorial, en orden a facilitar su prosecución y eficacia.
El segundo título de la Ley aborda el desarrollo turístico desde la perspectiva de su sostenibilidad en el marco de un frágil territorio, potenciando una oferta de calidad cualificada. A tal efecto, se mantiene la prohibición de clasificar nuevos suelos urbanizables con destino turístico, si bien la misma se flexibiliza desde una doble perspectiva.
En primer lugar, se permite la reclasificación de suelos siempre que simultáneamente se proceda a la desclasificación de suelo turístico en igual o mayor proporción. Y en segundo lugar, se permite la reclasificación como consecuencia de operaciones de reforma interior que ocasionen un traslado de ubicación de instalaciones hoteleras ya existentes.
En todo caso, el saldo neto del suelo edificable se mantiene, y la articulación de la nueva clasificación se instrumenta a través de convenios de sustitución donde se fomenta la implantación de una oferta hotelera cualificada y el esponjamiento de los espacios libres, los sistemas generales y equipamientos, a la vez la rehabilitación y mejora integral tanto de los establecimientos turísticos y sus equipamientos, como del entorno en que se asientan.
En segundo lugar, se articulan los convenios de sustitución como herramientas incentivadoras de la renovación de los establecimientos. El Capítulo 3 trata la modulación del crecimiento de la planta alojativa para el próximo trienio, abordando el mandato del la Ley 19/2003, de 14 de abril, de Directrices de Ordenación General y de Directrices de Ordenación del Turismo, y de forma más específica de las previsiones de la Directriz 27.
En este sentido, se opta por priorizar la renovación y rehabilitación de la planta existente en grado de obsolescencia, o precisada de mejoras para asegurar la competitividad del sector, a la vez de acotar en el tiempo, el aplazamiento o suspensión de las iniciativas de nueva implantación, la denominada moratoria turística, otorgando la necesaria seguridad jurídica, y estableciendo alternativas opcionales para los titulares de los suelos turísticos que cuenten con la consolidación de sus aprovechamientos.
Finalmente, los capítulos 4 y 5 se ocupan de la ordenación
de los establecimientos en explotación irregular, y de la subrogación
por la Comunidad Autónoma en la promoción y aprobación
de los Planes Territoriales Turísticos, en caso de inactividad de
los Cabildos. Una disposición derogatoria y otra final completan
el texto.
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