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La Fiscalía ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Las Palmas el auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 que, el pasado 9 de abril, ratificó el tercer grado penitenciario del líder histórico del PIL, Dimas Martín, condenado a ocho años de prisión por delitos de malversación de caudales públicos, contra la Hacienda pública y fraude a la Seguridad Social.
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Las Palmas decidió el 9 de abril desestimar el recurso del Ministerio Fiscal contra la resolución de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias por la que se concedió el tercer grado a Martín, lo que le permite sólo tener que ir a dormir a Tahíche de lunes a viernes.
Instituciones Penitenciarias concedió a Dimas Martín el tercer grado el 20 de diciembre de 2007, apenas un año después de que el líder en la sombra del PIL ingresase en prisión por los delitos cometidos en su gestión al frente del Complejo Agroindustrial a comienzos de la década de los noventa del pasado siglo.
Ahora será la Audiencia Provincial la que tenga que resolver sobre el recurso de apelación del fiscal, adelantado este miércoles por Canarias7. La Audiencia ya estimó el 4 de enero de este año un recurso de apelación de la Fiscalía, dejando sin efecto una redención extraordinaria de la pena privativa de libertad de Dimas Martín.
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, en el auto de 9 de abril que ha sido recurrido, destaca de Martín su "extraordinaria actitud". "Pese a que en sus condiciones", señala, "podría haber adoptado un comportamiento meramente pasivo dejando pasar el tiempo de la condena".
Sin embargo, la jueza acoge el criterio de que, "desde un primer momento, participó activa y destacadamente en las actividades del centro ayudando decididamente a sus compañeros y desarrollando distintas actividades ocupacionales, laborales y formativas".
Asimismo, en el auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria se subraya el hecho de que los delitos por los que Dimas Martín ha sido condenado por los tribunales de justicia se produjeron en los años ochenta y en la primera mitad de la década de los noventa. "Las fechas de su actividad delictiva no se corresponde con las fechas de los ingresos penitenciarios".
Además, recalca que los informes sobre Martín evidencian que su "conducta intra y extrapenitenciaria" ha sido "excelente". Las evaluaciones sobre el penado concluyen que "posee estabilidad emocional" y que "la estancia en prisión ha significado un factor importante de reflexión y cambio".
Los argumentos del fiscal
En la oposición del Ministerio Fiscal a las redenciones extraordinarias de pena y al tercer grado aparecen argumentos como que Dimas Martín sólo ha estado un año efectivo en prisión a pesar de haber sido condenado a un total de ocho años de cárcel, subrayando la "naturaleza y gravedad de los delitos cometidos" y la "duración de la condena impuesta".
Por otro lado, el fiscal también ha puesto sobre la mesa que aunque Dimas Martín ha sido condenado también a pagar 2,3 millones de euros, hasta ahora no ha abonado tal cantidad, "ni siquiera parcialmente". Considera "endeble garantía la sola voluntad del penado" de hacerlo.
Por último, la Fiscalía no ha entendido que "las actividades de lectura, gimnasia, curso de inglés, informática, auxiliar de clínica de corta duración, así como apoyo de enfermería" signifiquen "una modificación positiva" tras haber cometido delitos relacionados "con la apropiación de caudales públicos".
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