
El pleno del Parlamento de Canarias aprobó este jueves por unanimidad el proyecto de Ley de Modificación de la Ley Tributaria de la Comunidad Autónoma, por el que se reforma el artículo 23 de la Ley relativo al registro de Valores Inmobiliarios de Canarias. Así, a partir de ahora se creará un Registro de Valores Inmobiliarios, integrado en la Administración Tributaria Canaria.
Según explicó el vicepresidente y consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, José Manuel Soria, el Consejo de Gobierno de Canarias dio luz verde a esta modificación el pasado 11 de marzo y decidió remitirlo a la Cámara autonómica para que se tramitara con carácter de urgencia.
Indicó que la iniciativa legislativa responde al acuerdo adoptado en la reunión de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma, celebrada el 13 de septiembre. En ella se decidió promover la modificación del artículo 23, que regula el registro fiscal de Valores Inmobiliarios de las Islas como registro de carácter fiscal a los efectos de lo establecido en la normativa estatal.
Soria recordó que el Ministerio de Economía y Hacienda consideró que el contenido de ese precepto vulneraba el artículo 57 de la Ley General Tributaria del Estado que indica que "tratándose de bienes inmuebles, el único registro oficial de carácter fiscal será el Catastro Inmobiliario". Por eso, destacó el consejero que con la modificación aprobada lo que se pretende es respetar el carácter oficial del Catasro, de acuerdo a lo que señala la norma estatal.
Con la nueva redacción, el artículo 23 de la Ley Tributaria Canaria, señala que el Registro de Valores Inmobiliarios de Canarias "tiene por objeto ser un instrumento de información permanente de los valores inmobiliarios que sirven de medio para la aplicación de los tributos gestionados por la Comunidad autónoma".
También precisa que el registro funcionará como base de datos que recoja los valores de transmisión y adquisición de los bienes inmuebles situados en Canarias, así como su descripción , expresión gráfica, valores resultantes de la comprobación y los datos relativos a la identificación del transmitente o adquiriente.
Además, se establece que se podrán utilizar sistemas automáticos a partir de los precios medios en el mercado para la comprobación de los valores de transmisión y adquisición de los bienes inmuebles, utilizando de manera combinada de información de mercado y la información asociada al territorio de la Comunidad autónoma de Canarias.
Por último, en su disposición adicional primera, se autoriza al Gobierno canario para que refunda en un solo texto las disposiciones legales vigentes en materia de tributos cedidos aprobadas por la Comunidad autónoma, y proceda a su aclaración, armonización y sistematización en el marco de los principios contenidos en las leyes reguladoras del sistema de financiación de las comunidades autónomas y la cesión de los tributos del Estado.
La
diputada del grupo parlamentario Popular (PP), Rosa Rodríguez,
explicó que la modificación viene de un acuerdo entre el
Ministerio y la Comunidad autónoma y por eso el PP votaba que sí.
En la misma línea se manifestó el diputado de CC, José Miguel
González, que apuntó que se trataba de un texto "pactado" con
el Estado y el diputado del PSOE, Blas Trujillo, que se mostró a
favor de la adaptación de la ley tributaria.
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