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La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a ocho años y seis meses de prisión a cada uno de los agentes de la Policía Nacional que, en noviembre de 2005, agredieron y detuvieron ilegalmente a un ciudadano de origen africano en Arrecife. La Audiencia los considera culpables de un delito de detención ilegal, de otro contra la integridad moral y de un tercero de falsedad en documento oficial.
La sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, hecha pública este miércoles, pone de manifiesto que los agentes Javier R.C., nacido en 1978 y natural de Madrid, y Juan Carlos E.Á., nacido en 1974 y natural de Asturias, son culpables de los citados delitos.
Por ello, les condena a un total de ocho años y seis meses de prisión así como a penas de inhabilitación absoluta por diez años y de inhabilitación especial para empleo o cargo público durante siete años.
La Audiencia ha considerado probado durante el juicio –que se celebró el pasado 21 de noviembre- que ambos agentes, que en la madrugada del 5 de noviembre de 2005 no se encontraban de servicio, coincidieron a las puertas del bar ‘El Linde' de Arrecife con dos ciudadanos de origen africano, George A. y Moussa D., que se encontraban trabajando en Lanzarote.
Los africanos se “quedaron mirando” a los dos policías, lo que desencadenó su reacción violenta que les ha terminado por acarrear una condena a ocho años y seis meses de prisión. En ese momento, a la puerta del bar, Javier R.C. –según la sentencia- le preguntó “de forma agresiva” a George si vendía “algo”. Como el africano le replicó, el agente le empujó contra la pared mientras Juan Carlos “ se ocupaba de Moussa al que ordenó que se echara al suelo”, aunque logró huir.
La víctima, George A., también intentó huir pero Javier R.C. corrió tras él mientras llamaba por el teléfono móvil a otro agente, P., que se había quedado en el local, para “pedirle ayuda, alegando que le estaban pegando” cuando “en realidad”, dice la sentencia, el agente de policía “no estaba siendo objeto de agresión alguna”.
La persecución terminó en la calle La Porra , cuando el ciudadano agredido se paró y pidió explicaciones por la actitud de Javier R.C.: “Yo no soy nadie, estoy aquí para trabajar”.
“George A. les decía ‘no soy malo, no he hecho nada'”, explica la sentencia. Fue entonces cuando el acusado Javier R.C., según la Audiencia Provincial , en presencia del otro acusado Juan Carlos E., tiró a George al suelo y “le dio una patada en la cara que le causó [un] hematoma y [un] edema palpebral en el ojo derecho, con presencia de hematoma en la córnea y contusión en lado derecho de la pirámide nasal sin fractura”.
Unas lesiones que tardaron en curar 30 días, de los cuales el agredido estuvo impedido 10 días para el desempeño de su trabajo habitual, sin quedarle secuelas, añade la Audiencia.
Una vez “reducido” y “lesionado” George A. en el suelo, “sin que en ningún momento se le identificaran como policías nacionales, ni le informaran de que quedaba detenido, ni de los derechos constitucionales que le asistían, se personaron en el lugar varias dotaciones policiales uniformadas”.
Al llegar policías nacionales de servicio, los condenados solicitaron “unos grilletes” y se los colocaron a George “con las manos a la espalda”, trasladando una de las dotaciones a la Comisaría de la Policía Nacional “en calidad de detenido” a instancias de Javier R.C y Juan Carlos E.Á., “quedando privado de libertad sin motivo alguno”.
Detención ilegal
La sentencia considera como hechos probados que sobre las 01.30 horas, en los calabozos de la Comisaría de la Policía Nacional en Arrecife, los propios acusados -a pesar de que inicialmente no estaban de servicio- gestionaron la detención, tomando huellas al agredido y leyéndole sus derechos.
Ya en la Comisaría, según la sentencia, se produjo otro episodio violento: el acusado Juan Carlos E. le dijo a George “mírame”, y al levantar la cabeza, “le dio dos manotazos para que la volviera a agachar gritándole ‘ningún puto negro de mierda me ha hecho lo que tú me ha hecho', ‘baja la cabeza, mono de mierda'”.
Los dos agentes ahora condenados por la Audiencia Provincial acudieron posteriormente a un centro médico, y durante el trayecto desde la Comisaría “fueron riéndose, de broma e incluso golpeándose y empujándose con el fin de presentar alguna lesión que pudiera justificar” la intervención ‘policial' contra George.
Los dos agentes, según la resolución judicial, narraron en el atestado que habían sido agredidos previamente por George A., algo radicalmente falso para la Audiencia Provincial. Aunque el Juzgado de Instrucción número 4 de Arrecife incoó diligencias previas contra George A. por delito de atentado, el asunto fue archivado. Sin embargo, el mismo Juzgado citó “como imputados” a los dos agentes de policía ahora condenados.
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