
El 64,7 por ciento de las reclamaciones que ha recibido la Dirección General de Consumo del Gobierno de Canarias hasta los primeros días de noviembre está relacionado con el uso de las telecomunicaciones. De ese porcentaje, el 62 por ciento se refieren a la telefonía fija y el 35 por ciento con la telefonía móvil, y se deben en la mayoría de los casos a una facturación de consumo incorrecta.
Así lo indicó este viernes el director general de Consumo, Pedro Rodríguez Pérez, en la presentación de un manual informativo dirigido al consumidor y relacionado con el uso de las telecomunicaciones, con el que se pretende informar a los consumidores de sus derechos básicos y que recoge además los procedimientos de reclamación ante una posible vulneración de sus derechos.
La guía recoge los mecanismos para darse de alta y de baja en los servicios de telefonía fija, móvil e Internet, comercio electrónico y Televisión Digital Terrestre (TDT), y detalla que en caso de reclamación será necesario ponerse en contacto con el servicio especializado de atención del operador -en caso de teléfono y de Internet- en el plazo de un mes. Si en este plazo la respuesta no existe o no es satisfactoria se podrá acudir a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones o a la Junta Arbitral de Consumo, explicó Pedro Rodríguez.
En cuanto a la telefonía e Internet, y ante las dificultades que algunos operadores ponen para darse de baja del servicio, Rodríguez indicó que todos los usuarios tienen derecho a resolver su contrato con el operador en cualquier momento, aunque hay que notificarlo con 15 días de antelación. A partir de entonces, precisó, el operador "no podrá seguir facturando" el servicio aunque no lo haya interrumpido, siempre que no fuera por causa imputable al usuario.
La resolución del contrato, según recoge la guía deberá hacerse en la forma prevista en el contrato, en el que debe aparecer el teléfono de atención al público, una dirección de correo electrónico y la página web del operador, así como la dirección postal de la oficina comercial del operador y del departamento de atención al cliente. Si la baja se realiza por teléfono, el operador debe facilitar un número de referencia que permitirá verificar el día de la solicitud de baja para tener constancia de la misma. No obstante, se podrá exigir la remisión de un documento que permita acreditar que ha solicitado la baja.
Para contratar un servicio de telefonía fija se establece que el operador designado para la prestación del mismo (Telefónica) atienda una solicitud de alta es de 60 días. En caso de no hacerlo así, se deberá compensar al usuario eximiéndole del pago de las cuotas mensuales equivalentes al número de meses de fracción de ellos en que se haya superado dicho plazo.
La guía, que se repartirá en todas las oficinas del consumidor, tanto municipales, insulares como regional, señala que el plazo que debe cumplir el operador para proveer de acceso debe ser el estipulado en el contrato.
Comercio electrónico y TDT
Respecto al comercio electrónico, el manual explica que el consumidor tiene derecho a recibir información sobre la identidad del vendedor y domicilio social, las características del producto, el precio, la forma de pago y el plazo de valides de la oferta.
Para el envío del producto es necesario el consentimiento expreso del consumidor y debe ser remitido en los 30 días siguientes al pedido, si no se indica plazo inferior. El consumidor tiene 7 días para devolverlo sin necesidad de alegar causa alguna y sin ningún coste más que los estrictos a los gastos de devolución.
En cuanto a la TDT, señala que la normativa establece la obligación de alcanzar una cobertura del 90 por ciento de la población española antes del 31 de diciembre de 2008, y recuerda que la fecha prevista para el "apagón" analógico es el 3 de abril de 2010, fecha en la que la obligación de cobertura debe alcanzar el 98 por ciento.