
El empresario que desafió a la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid es un hombre satisfecho. Se enfrentó a la institución cameral contra la obligatoriedad de pagar lo que cree "un impuesto sin fundamento", y la derrotó en los tribunales. ¿Fueron 4.429 pesetas la causa de la disputa?.
"Emprender un recurso por ese dinero tiene su gracia, 9 años de pleitos demuestra mucho amor propio porque en el fondo no estaba discutiendo por las pesetas sino por un principio", manifestó.
Según manifiesta Quintas el principio que animó su batalla era la libertad empresarial. "Era un batalla por la libertad empresarial porque no puede haber monopolio ni cobrarse a cambio de nada, porque para esto están los impuestos, por decirlo de alguna manera. Fuera de los impuestos todo los demás que se cobre que sea en función de lo que da, así es la forma de que las cámaras de comercio sean útiles ya que hoy los son muy poco".
El fallo de la sala primera del Tribunal Constitucional a favor del recurso de amparo del auditor Jesús Quintas, reconoce, dada la condición de profesional liberal del recurrente, su derecho de asociación "en su vertiente negativa", o sea, como derecho a no asociarse a la Cámara, ya que la llamada adscripción obligatoria "no puede ir acompañada de una prohibición paralela de asociarse libremente".
El Constitucional corrige una primera sentencia de la sala de lo contencioso administrativo de Tribunal Superior de Justicia de Madrid, favorable a la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid en la que se le obligaba a Quintas a pertenecer a la Cámara, con la consiguiente obligatoriedad de contribuir al sostenimiento de la Cámara con el pago de la cuota cameral.
No obstante, aunque el fallo judicial se refiere a la demanda de un profesional liberal que nada tiene que ver con Comercio, Industria (o Navegación), a juicio de Quintas, "el último capítulo de las cámaras de comercio todavía no se ha escrito".
Quintas cree que esta sentencia abre en primer lugar las puertas a que empresas que puedan justificar que no están en la industria, el comercio o la navegación, como las sociedades patrimoniales tampoco tengan que pagar "y quizá por ese camino se pueda abrir brecha para el resto de los empresarios".
En ese sentido, considera que "tiene que haber un poco de clamor social", por lo que critica a los colegios profesionales, "que han tenido una actitud más bien tibia" y a las organizaciones empresariales "que han abandonado la batalla pese a ser las que tienen las funciones que dicen las cámaras que tienen".
Jesús Quintas tacha la cuota cameral de "impuesto totalmente sin fundamento", una suerte de "paraimpuesto cuya utilidad no se ve claramente". El auditor denuncia que la cuota "se impone coactivamente a favor de un ente que no es estrictamente administración pública".
"La utilidad de los servicios es muy escasa y en bastantes casos el pago sirve para sufragar las nóminas del propio personal de las cámaras en una especie de pescadilla que se muerde la cola o una esfera vacía", añadió.
Quintas aclara que sólo está contra de la pertenencia obligatoria a las cámaras, "no de que las cámaras existan, sino que se deba pagar obligatoriamente y en función de unos beneficios a cuya consecución las cámaras no colaboran ni mucho ni poco".
Para este auditor, convertido al margen de su voluntad en cabeza de una vieja aspiración empresarial, "las cámaras de comercio deben cobrar en función de los servicios que faciliten y no en función de unos dineros que luego nunca no se sabe a dónde van muy bien".
En otros países, recuerda Quintas, lo que hay es que las cámaras hacen una labor de registro y cobran unas tasas como las que cobra aquí el Registro, "por servicios y no porque sí, que es un disparate".
Igualmente, apunta que en el mundo anglosajón, "según lo que paga se tienes unos derechos u otros, como pertenecer a la junta directiva, pero la adscripción es voluntaria". En Bélgica y Luxemburgo, afirma, la cámara hace las funciones de registro mercantil, de inscripción de sociedades, de depósito de cuentas "y en ese caso hay una cuota obligatoria porque se presta un servicio público y no un servicio privado que no se presta de manera efectiva".
"¿En qué beneficia la Cámara de Comercio a un importador si se supone que está para la exportaciones y no muy a favor de las importaciones?" se pregunta, para concluir exigiendo: "Un poco de racionalidad porque si queremos cobrar tenemos que trabajar y prestar un servicio".